Años cotizados para jubilarse y edad legal
Guía práctica para entender el calendario transitorio de la edad de jubilación en España: cuándo puedes retirarte con 65 años, requisitos de cotización y porcentaje de pensión.
Calculadora de edad de jubilación
Pon tu fecha de nacimiento y los años que llevas cotizados y calcula cuándo podrás jubilarte con la edad ordinaria.
El sistema público de pensiones en España se encuentra inmerso en una profunda reforma estructural que comenzó con la Ley 27/2011 y que culminará en el año 2027. Esta reforma estableció un calendario progresivo que eleva gradualmente tanto la edad legal ordinaria de jubilación (de 65 a 67 años) como el número de años de cotización exigidos para poder retirarse a los 65 años con el 100 % de la prestación.
Para cualquier trabajador que planifique su retiro en 2026 o en los próximos años, conocer con exactitud en qué tramo de edad y cotización se encuentra es crucial para no sufrir penalizaciones permanentes en su pensión.
La doble escala de jubilación ordinaria en 2026
El artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social y su disposición transitoria séptima fijan dos vías alternativas de acceso a la jubilación ordinaria según la carrera laboral acumulada:
| Situación del trabajador en 2026 | Años cotizados acreditados | Edad legal ordinaria de jubilación |
|---|---|---|
| Carrera laboral larga | 38 años y 6 meses o más | 65 años cumplidos |
| Carrera laboral ordinaria | Menos de 38 años y 6 meses | 66 años y 10 meses |
Calendario transitorio oficial hacia 2027
Para entender de dónde venimos y qué ocurrirá en los ejercicios inmediatos, observemos la evolución del calendario fijado por ley:
| Año de jubilación | Periodo cotizado exigido | Edad con cotización suficiente | Edad sin cotización suficiente |
|---|---|---|---|
| 2024 | 38 años o más | 65 años | 66 años y 6 meses |
| 2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años | 66 años y 8 meses |
| 2026 (año actual) | 38 años y 6 meses o más | 65 años | 66 años y 10 meses |
| 2027 en adelante (meta final) | 38 años y 6 meses o más | 65 años | 67 años cumplidos |
El periodo mínimo de carencia: los 15 años obligatorios
Para tener derecho a cualquier pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social, la ley exige cumplir de forma ineludible dos requisitos de cotización (art. 205.1.b LGSS):
- Carencia genérica: Haber cotizado al menos 15 años (5.475 días) a lo largo de toda la vida laboral en cualquier régimen de la Seguridad Social.
- Carencia específica: Al menos 2 de esos 15 años cotizados deben estar comprendidos dentro de los 15 años naturales inmediatamente anteriores al momento del hecho causante (habitualmente el día del cese en el trabajo o solicitud de la pensión).
Si no alcanzas los 15 años de cotización, no podrás acceder a una pensión contributiva, debiendo valorar las pensiones no contributivas de jubilación gestionadas por las comunidades autónomas.
¿Qué porcentaje de la pensión se cobra según los años cotizados?
Cumplir la edad legal y tener 15 años de cotización te da acceso a jubilarte, pero no garantiza cobrar el 100 % de tu base reguladora. El porcentaje de pensión que te corresponde se calcula mediante una escala matemática (art. 210 LGSS):
- Con los primeros 15 años cotizados se adquiere el derecho al 50,00 % de la base reguladora.
- Por cada mes adicional de cotización entre los meses 1 y 49 siguientes (primeros 4 años extra), se suma un 0,21 % por mes.
- Por cada mes adicional a partir del mes 50 (siguientes años), se suma un 0,19 % por mes.
- En 2026, para alcanzar el 100 % de la base reguladora es necesario haber cotizado un total de 36 años y 6 meses (438 meses). En 2027 se exigirán 37 años de cotización completa.
Jubilación anticipada: voluntaria e involuntaria
Si deseas retirarte antes de alcanzar la edad legal ordinaria, existen dos modalidades principales con coeficientes reductores permanentes en la pensión:
1. Jubilación anticipada voluntaria (por voluntad del trabajador)
- Se puede solicitar hasta un máximo de 2 años (24 meses) antes de la edad ordinaria que te corresponda (es decir, a los 63 años si tienes la cotización para jubilarte a los 65, o a los 64 años y 10 meses en caso contrario).
- Se exige haber cotizado un mínimo de 35 años (con al menos 2 años en los últimos 15).
- Aplica coeficientes reductores mensuales que oscilan entre el 2,81 % y el 21,00 % según tus años cotizados y los meses de adelanto.
2. Jubilación anticipada involuntaria o forzosa (por despido objetivo o ERE)
- Se puede solicitar hasta 4 años (48 meses) antes de la edad legal ordinaria (a los 61 años o a los 62 años y 10 meses).
- Se exige un mínimo de 33 años cotizados y que el cese laboral derive de una causa de reestructuración empresarial no imputable al trabajador.
- Aplica coeficientes reductores mensuales menores, entre el 0,50 % y el 30,00 % según meses de adelanto.
Contenido informativo y orientativo. Esta guía resume la legislación laboral y fiscal vigente en España en 2026. Los cálculos y ejemplos son de carácter divulgativo y pueden variar según los pactos de tu convenio colectivo, tu contrato de trabajo o tu situación personal. Antes de tomar decisiones vinculantes, contrasta los datos en la fuente oficial o consulta con un profesional colegiado.
Preguntas frecuentes
¿Cuenta el servicio militar obligatorio (la mili) para la jubilación?
Sí, el servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria permiten computar hasta un máximo de un año (365 días) de cotización adicional, pero únicamente para acreditar los periodos mínimos exigidos en la jubilación anticipada (voluntaria o involuntaria), no para la jubilación ordinaria a la edad legal.
¿Cómo se calcula la base reguladora de la pensión en 2026?
La base reguladora se calcula tomando las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses de cotización) inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación, y dividiendo dicha suma entre 350. Las bases más antiguas (salvo los dos últimos años) se actualizan conforme al IPC real para compensar la inflación.
¿Qué es la jubilación demorada y qué incentivos tiene?
Si decides seguir trabajando voluntariamente más allá de tu edad legal ordinaria de jubilación, la Seguridad Social premia tu permanencia con un incentivo a elegir: un 4 % adicional en la pensión por cada año completo cotizado de más, un cheque único a tanto alzado de hasta 12.000 € por año, o una fórmula mixta.
¿Puedo jubilarme a los 65 años si no llego a los 38 años y 6 meses cotizados?
Solo mediante la modalidad de jubilación anticipada voluntaria si cumples los 35 años de cotización mínima requeridos para ella, pero asumiendo una penalización mensual permanente en el importe de tu pensión por los meses que te falten para alcanzar los 66 años y 10 meses.
Fuentes y normativa oficial
Última revisión legal de esta guía: 24 de octubre de 2026.