Tramos de la cuota de autónomos en 2026
Guía práctica para entender el sistema de cotización por ingresos reales en el RETA: cómo calcular tus rendimientos netos computables, elegir tu base y evitar deudas en la regularización.
Calculadora de cuota de autónomos
Indica tus rendimientos netos mensuales y mira en qué tramo estás, qué bases puedes elegir y cuánto pagarás cada mes en 2026.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social abandonó el antiguo modelo de libre elección de bases para implantar un sistema de cotización por rendimientos netos reales. En 2026 el sistema alcanza su plena madurez: cada profesional autónomo debe cotizar en función del beneficio real obtenido en su actividad económica anual.
Este sistema se articula a través de una tabla de 15 tramos de rendimientos netos mensuales. Conocer en qué tramo te encuentras y cómo se calcula el rendimiento computable es imprescindible para seleccionar la base de cotización adecuada y evitar sorpresas económicas en la regularización anual con la Agencia Tributaria.
Cómo se calcula el rendimiento neto computable mensual
La base para determinar tu tramo no es tu facturación bruta ni lo que transfieres a tu cuenta personal. El artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social establece una fórmula legal matemática muy precisa:
- Rendimiento neto de la actividad: Se toman los ingresos íntegros computables del año fiscal y se les restan todos los gastos fiscalmente deducibles según la normativa del IRPF (art. 28 y siguientes de la LIRPF).
- Suma de las cuotas de la Seguridad Social: A esa cifra se le suma el importe total de las cuotas al RETA pagadas por el autónomo a lo largo del año.
- Deducción por gastos genéricos: Sobre el resultado anterior se aplica una deducción porcentual automática por gastos de difícil justificación:
- 7,00 % de deducción para autónomos individuales (personas físicas).
- 3,00 % de deducción para autónomos societarios (quienes hayan sido administradores o socios de una sociedad mercantil al menos 90 días en el año).
- Promedio mensual: El rendimiento neto final resultante se divide entre 12 meses (o entre el número de meses naturales en los que hayas estado de alta en el año).
Tabla oficial de los 15 tramos de autónomos en 2026
Una vez determinado tu rendimiento neto mensual previsto, debes ubicarte en uno de los 15 tramos fijados por la normativa. Cada tramo establece una base mínima y una base máxima de cotización sobre la que puedes elegir libremente tu cuota:
| Tramo | Rendimiento neto mensual | Base mínima cotización | Cuota mensual mínima (aprox.) |
|---|---|---|---|
| Tramo 1 (Reducido) | Menor o igual a 670,00 € | 753,27 € | 237,28 € |
| Tramo 2 (Reducido) | De 670,01 a 900,00 € | 849,67 € | 267,65 € |
| Tramo 3 (Reducido) | De 900,01 a 1.166,70 € | 898,69 € | 283,09 € |
| Tramo 4 (General) | De 1.166,71 a 1.300,00 € | 960,78 € | 302,65 € |
| Tramo 5 (General) | De 1.300,01 a 1.500,00 € | 960,78 € | 302,65 € |
| Tramo 6 (General) | De 1.500,01 a 1.700,00 € | 960,78 € | 302,65 € |
| Tramo 7 (General) | De 1.700,01 a 1.850,00 € | 1.045,75 € | 329,41 € |
| Tramo 8 (General) | De 1.850,01 a 2.030,00 € | 1.045,75 € | 329,41 € |
| Tramo 9 (General) | De 2.030,01 a 2.330,00 € | 1.078,43 € | 339,71 € |
| Tramo 10 (General) | De 2.330,01 a 2.760,00 € | 1.143,79 € | 360,30 € |
| Tramo 11 (General) | De 2.760,01 a 3.190,00 € | 1.209,15 € | 380,88 € |
| Tramo 12 (General) | De 3.190,01 a 3.620,00 € | 1.274,51 € | 401,47 € |
| Tramo 13 (General) | De 3.620,01 a 4.050,00 € | 1.339,87 € | 422,06 € |
| Tramo 14 (General) | De 4.050,01 a 6.000,00 € | 1.405,23 € | 442,65 € |
| Tramo 15 (General) | Más de 6.000,00 € | 1.470,59 € | 463,24 € |
¿Qué contingencias cubre el tipo del 31,50 % en 2026?
La cuota mensual se obtiene aplicando los tipos de cotización vigentes sobre la base elegida. En 2026, el tipo global total aplicable en el RETA es del 31,50 %, desglosado obligatoriamente en:
- Contingencias comunes: 28,30 % (cubre incapacidad temporal por enfermedad común y jubilación).
- Contingencias profesionales: 1,30 % (cubre accidentes laborales y enfermedades profesionales).
- Cese de actividad: 0,90 % (el llamado «paro de los autónomos»).
- Formación profesional: 0,10 %.
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,90 % (aportación finalista para reforzar la hucha de las pensiones).
La regularización anual obligatoria con Hacienda
La cotización que pagas mes a mes tiene la consideración jurídica de cotización provisional. Al año siguiente, cuando finaliza la campaña de la Renta, la Agencia Tributaria traslada a la Seguridad Social los datos fiscales definitivos de todos los autónomos:
- Si cotizaste de menos: Si tus ingresos reales fueron superiores al tramo por el que estuviste pagando, la Seguridad Social te notificará la diferencia y dispondrás de un plazo hasta el último día del mes siguiente a la notificación para ingresar la deuda sin intereses ni recargo.
- Si cotizaste de más: Si tus beneficios quedaron por debajo de la base provisional elegida, la Seguridad Social te devolverá el exceso de cuotas de oficio (sin que tengas que solicitarlo) antes del 31 de mayo del año siguiente.
Tarifa plana de 80 € para nuevos autónomos
Si te das de alta por primera vez en el RETA (o no has estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, o 3 años si disfrutaste de bonificación), tienes derecho a la cuota reducida (tarifa plana) de 80 € mensuales durante los primeros 12 meses naturales de actividad. Podrás prorrogarla durante un segundo año de 12 meses adicionales siempre que tus rendimientos netos reales durante el primer año no superen el Salario Mínimo Interprofesional.
Contenido informativo y orientativo. Esta guía resume la legislación laboral y fiscal vigente en España en 2026. Los cálculos y ejemplos son de carácter divulgativo y pueden variar según los pactos de tu convenio colectivo, tu contrato de trabajo o tu situación personal. Antes de tomar decisiones vinculantes, contrasta los datos en la fuente oficial o consulta con un profesional colegiado.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas veces al año puedo cambiar mi base de cotización?
La Seguridad Social permite cambiar de tramo y de base de cotización hasta 6 veces al año a través del portal Import@ss. Las solicitudes surten efecto el 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente. Es muy recomendable revisar tus ingresos trimestrales para adaptar tu base y evitar una regularización desfavorable.
¿Puedo mantener una base de cotización superior a la de mi tramo?
Sí, si a 31 de diciembre de 2022 ya venías cotizando por una base superior a la que te correspondería por tus ingresos reales, la ley te permite mantener esa base más elevada para no perjudicar tus futuras prestaciones de jubilación o incapacidad.
¿Qué gastos puedo deducirme para rebajar el rendimiento neto?
Puedes deducir todos los gastos afectos exclusivamente a tu actividad económica: compras de existencias, suministros (luz, internet y agua en porcentaje legal si trabajas en casa), cuota de autónomos, seguros profesionales, alquiler de oficina o local, sueldos de empleados, asesoría fiscal y amortizaciones de bienes de inversión.
¿Cómo afecta la regularización a mi futura pensión de jubilación?
Las bases de cotización definitivas tras la regularización son las que quedarán grabadas en tu expediente oficial de la Seguridad Social. Si devuelves cuotas o si abonas la diferencia, tus bases anuales subirán o bajarán en consecuencia, determinando directamente tu base reguladora de jubilación.
Fuentes y normativa oficial
- Ley General de la Seguridad Social (BOE)
- Orden PJC/297/2026 de cotización 2026 (BOE)
- Seguridad Social: nuevo sistema de cotización para autónomos
Última revisión legal de esta guía: 24 de octubre de 2026.
Calculadoras relacionadas
Otras guías recomendadas
Cómo rellenar el Modelo 130 de IRPF casilla a casilla
Guía para cumplimentar el modelo 130 de pagos fraccionados: quién está obligado, casillas 01 a 19, retenciones y minoración del art. 110.
Cómo hacer una factura de autónomo paso a paso
Guía para emitir facturas legales como autónomo: datos obligatorios, base imponible, tipos de IVA y retención de IRPF al 15% o 7%.